La vitalidad de la cultura colombiana radica precisamente en su diversidad, el patrimonio más valioso de la nación. Afrocolombianos, raizales, palenqueros, rom o gitanos, pueblos indígenas, comunidades campesinas, mestizos, y comunidades originadas en migraciones externas enriquecen el mosaico cultural del país. De acuerdo con el censo del año 2005, viven en el territorio nacional 84 pueblos indígenas distribuidos en 704 territorios colectivos conocidos como resguardos; existe una población afrodescendiente con una participación superior al 10% de la población nacional y hay más de 150 territorios colectivos de comunidades negras tradicionales en la región del Pacífico; igualmente coexisten comunidades rom o gitanas, más de 60 lenguas nativas e innumerables comunidades locales de población campesina. Los anteriores son sólo algunos referentes básicos de una nación pluriétnica que se construye en la diversidad.
En 1991 esta diversidad étnica y cultural fue reconocida en la Constitución Política de Colombia. Este reconocimiento se ha traducido en normas y políticas y en numerosas acciones institucionales, pero estos esfuerzos son todavía insuficientes para crear una cultura de reconocimiento y respeto por la diferencia, y de diálogo y ejercicio de la interculturalidad en la solución de los problemas que conciernen o afectan a los grupos culturalmente diferenciados.
La política pública de diversidad cultural parte de los principios constitucionales que establecen como uno de los fundamentos de la nación su diversidad cultural; así mismo de la obligación del Estado de reconocer, proteger y fomentar la cultura en todas sus manifestaciones y de la garantía constitucional a la libertad de conciencia y de expresión.
La política pública de diversidad cultural hace un especial énfasis en grupos poblacionales específicos: las comunidades pertenecientes a los pueblos indígenas, las poblaciones afrocolombianas, palanqueras y raizales, el pueblo gitano o rom, y los grupos en situación de vulnerabilidad socialmente diferenciados especialmente las mujeres cabezas de hogar, los jóvenes y la primera infancia. Estas prioridades no significan que no se tengan en cuenta otros grupos poblacionales.
Cada vez mayor integración económica del país ha generado cambios en la vida indígena y no han escapado sus territorios a la acción de los grupos armados al margen de la ley y a la expansión de los cultivos ilícitos. Las secuelas de estos factores han sido la migración indígena a las ciudades, el desplazamiento forzado y también la agudización de la crisis social interna que viven muchas comunidades. Hoy en día algunos pueblos indígenas acusan un alto nivel de riesgo de extinción física y cultural razón por la cual la Corte Constitucional ha expedido el Auto 04 de 2008 que obliga a su salvaguardia urgente.
Es propósito de la política de diversidad cultural contribuir a la adopción de un régimen legal de protección de las expresiones y manifestaciones culturales indígenas como propiedad colectiva de los pueblos y a la salvaguardia del saber tradicional. El Ministerio de Cultura concertará con los pueblos indígenas los mecanismos más adecuados para el desarrollo de las normas relacionas con la Ley General de Cultura, que se refieren a estos pueblos, en especial, la Ley 1185 de 2008 y el Decreto 2941 de 2009 que la reglamenta.
https://www.youtube.com/watch?v=9PcW9QLTCzM
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